Domingo, 5 de Septiembre del 2010
 

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Información General

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El Ayuntamiento de Cañada, en colaboración con la Dirección General del Catastro, ofrece un nuevo servicio a sus ciudadanos. Se trata del Punto de Información Catastral. Esto supone que en el propio Ayuntamiento se podrán obtener certificaciones y consultas sobre datos catastrales no sólo literales o alfanuméricas, sino también cartográficas, evitando así, desplazamientos a las instalaciones de la propia Dirección General, y facilitando el acceso a las personas que no disponen de medios telemáticos que les permitan la consulta a través de la Oficina Virtual del Catastro.

Cualquier ciudadano, conforme a los siguientes criterios:


   - Si no es el titular catastral, podrá obtener:

         • Consulta libre y certificación electrónica de datos catastrales no protegidos y de cartografía digital.
         • Certificación negativa de bienes inmuebles o de la circunstancia de no figurar como titular catastral.
 - Si es el titular catastral, o representante legal del titular, podrá obtener, previa solicitud-autorización:
         • Consulta y certificación electrónica de los datos protegidos relativa a los bienes inmuebles de su titularidad.

Se podrá acceder a la información de los bienes inmuebles ubicados en el territorio nacional a excepción de los situados en el País Vasco y Navarra.

Los documentos generados por el Punto de Información Catastral contendrán la fecha de su expedición y un código electrónico que permita la comprobación de su integridad y autenticidad, y gozarán de plena validez y eficacia de conformidad con lo establecido por el artículo 96 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y por el artículo 41 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.

El Texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario dispone en su artículo 51 que tienen la consideración de datos protegidos:
   - Nombre, apellidos, razón social, código de identificación y domicilio de quienes figuren inscritos en el Catastro Inmobiliario como titulares.
   - Valor catastral, valor catastral del suelo y valor catastral de la construcción de los bienes inmuebles individualizados.
Para el acceso a esta información, los titulares catastrales, o sus representantes legales, deberán rellenar y entregar en el Punto de Información Catastral la solicitud-autorización correspondiente.

Para el acceso a esta información, los titulares catastrales, o sus representantes legales, deberán presentar la solicitud de información en el modelo que se les facilitará en el Punto de Información Catastral  en la que se hará constar la identidad del solicitante y la información requerida, siendo imprescindible la consignación del número de identificación fiscal del titular catastral, así como el original y fotocopia de dicho documento. La solicitud contendrá además la correspondiente autorización a la entidad gestora del servicio para acceder a sus datos desde el Punto de Información Catastral. Junto a la solicitud debe presentarse la documentación acreditativa de la representación o autorización con que se actúe, cuya validez y eficacia será constatada por el responsable del servicio en la propia solicitud. El modelo de autorización del titular catastral que deberá utilizarse se les facilitará en el Punto de Información Catastral.


* Si no es el titular catastral, deberá presentar:
         • Solicitud general del Ayuntamiento.
         • N.I.F. del solicitante (original y copia).
* Si es el titular catastral, o representante legal del titular, deberá presentar:
         • Solicitud del titular catastral, según modelo oficial.
         • N.I.F. (original y copia del titular, y, en su caso, de la persona autorizada).
         • En el supuesto de actuación como representante, se acompañará autorización según modelo oficial, cuya validez será de DIEZ DÍAS desde la fecha de su expedición.

 


Ayuntamiento De Cañada. 2010